Ley Nº 16279

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 16279

LEY N 16279

Autorizando al Poder Ejecutivo para efectuar transferencias de partidas en el Pliego de Gobierno y Policía, hasta por la suma de §/. 5'150,

000.00.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO:— Autorízase ai Poder Ejecutivo para efectuar las siguientes transferencias de partidas en el Pliego de Gobierno y Policía, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central, en vigencia, hasta por la suma de Cinco Millones Ciento Cincuenta Mil Soles Oro (S/. 5' 150,000.00);

Sub—Pliego III — Sanidad de Gobierno y Policía.—

Programa I — Sanidad de Gobierno y Policía.

Asignación 10.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los diecinueve días del mes de Octubre de mil novecientos sesenta y seis.

LUIS ALBERTO SANCHEZ, Presidente del Senado.

ANTONIO MONSALVE MORANTE, Presidente de la Cámara de Diputados.

GUSTAVO E. LANATTAí Senador Secretario.

OSCAR EDUARDO CARBAJAL SOTO, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de Octubre de mil novecientos se-sentiseis.

FERNANDO BELAUNDE TERRY

Sandro Mariátegui.

De la Partida 4.2.3. “ Indemnizacio-

De la Partida 4.2.4. “Subsidios familiares” ............ ......

A la Partida 1.2.21 “Asignación por

riesgo profesional”............

A la Partida 1.2.24 “Bonificación por familia para las Fuerzas Armadas” ......................

S/. 350,000.00

” 4*800,000.00

.......... S/. 350,000.00

.......... ” 4*800,000.00

TOTALES:

S/. 5*150,000,00. S/. 5*150,000.00



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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