Tipo de Norma: Ley
Número: 16271
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16271LEY N 16271
Trasládase la población de Chumuch, de la provincia de Celendín, en Ca-jamarca, al fundo “La Pampa”
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente :
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
i
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO 1 — Trasládase la población de Chumuch, capital del distrito del mismo nombre, de la provincia de Celendín, del departamento de Cajamarca, al fundo “La
Pampa”, dándose a los habitantes las facilidades del caso.
ARTICULO 2° — Expropíense Veinte hectáreas del fundo “La Pampa”, con el objeto de cumplir la presente ley, aplicándose el egreso de Trescientos Mil Soles Oro (S/. 300, 000.00), a los fondos votados por la Ley N 14638, Pliego de Salud Pública, Partida Genérica 4.0.0. Gastos de Transferencia-Sub Partida Ge-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.