Ley Nº 16195

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 16195

LEY N 16195

Declarando de interés nacional, la pavimentación de la carretera Ca j amar ca-Pacasmayo.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLL CA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO 1—Declárase de interés nacional dentro del Plan Vial,

la pavimentación de la ¿arretefa Cajamarca-Pacasmayo, y la terminación de las carreteras Cajamarca-Chachapoyas-Moyobamba y Caja-marca - Bambamarca - Chota - Cute rvo.

ARTICULO 2—El Ministerio de Fomento atenderá las obras mencionadas en el artículo 1 con cargo a los recursos a que se refiere el artículo 155° de la ley N 15850.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los treinta días del mes de Junio de mil novecientos sesenta y seis.

DAVID AGUILAR CORNEJO, Presidente del Senado.

ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente de la Cámara de Diputados.

MANUEL F. BURGA PUELLES, Senador Secretario.

NICEFORO ESPINOZA LLANOS, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitución nal de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de

Julio de mil novecientos sesentiseis'

FERNANDO BELAUNDE TERRY.

Sixto L. Gutiérrez Chamorro,



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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