Tipo de Norma: Ley
Número: 16191
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16191LEY N 16191.
Transfiriendo la partida respectiva de S/. 760,000.00, a la construc
ción de una hidroeléctrica para el distrito de Sicches, Provincia de
Ayabaca.
s.
EL PRESIDENTE DE LA REPU-BLICA.
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO UNICO:— Transfiérase la suma de S/. 760,000.00, consignada en la Partida N 3.2.1., del Pliego de Fomento y Obras Públicas, para la construcción de la carretera Ayabaca-Huancabamba, en el Departamento de Piura, Sub-Pliego IV, Dirección de Caminos, Programa III, Obras, Asignación N 6, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central para el ejercicio de 1966, a la misma Partida, Obras por Contrata, del mismo Pliego, Sub-Pliego VII, Dirección de Electricidad, Sub-Programa III, Obras Eléctricas, Asignación N 17, para la construcción de una hidroeléctrica para^ el distrito de Sicches, comprensión de la provincia de Aya-baca, en el departamento de Piura.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintisiete días del mes de Junio de mil novecientos sesenta y seis.
DAVID AGUILAR CORNEJO, Presidente del Senado.
ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente de la Cámara de Diputados.
MANUEL F. BURGA PUELLES, Senador Secretario.
NICEFORO ESPINOZA LLANOS, Diputado Secretario^
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los un días del mes de Julio de mil novecientos sesenta y seis.
• A I
FERNANDO BELAUNDE TERRY.
Sixto L. Gutiérrez Chamorro.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.