Tipo de Norma: Ley
Número: 16147
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16147LEY N 16147
Autorizando la construcción del local del Colegio Nacional Mixto “San Juan” del distrito de Santo Domingo, Provincia de Morropón.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO 1— Constrúyase el local del Colegio Nacional Mixto “San Juan" del distrito de Santo Domingo, de la provincia de Morropón, del departamento de Piura.
ARTICULO 2— El Ministerio de Educación Pública, dará prioridad en el Plan Nacional de Construcciones Escolares, a la edificación del local propio para el Colegio Nacional Mixto “San Juan".
ARTICULO 3— El Ministerio de Educación Pública queda encargado del cumplimiento de la presente ley.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veinte días del mes de Abril de mil novecientos sesentiseis.
DAVID AGUILAR CORNEJO, Presidente del Senado.
ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente de la Cámara de Diputados.
MANUEL F. BURGA PUELLES, Senador Secretario.
NICEFORO ESPINOZA LLANOS, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de Mavo de mil novecientos sesenti-seis.
FERNANDO BELAUNDE TERRY.
Carlos Cueto Femandini.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.