Ley Nº 16121

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 16121

LEY N 16121.

Reconociendo la categoría de Instituto Universitario, al Instituto de Humanidades Clásicas de la Compañía de Jesús, Prov. de l ima

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley si-guíente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO 1— Reconócese Ia-categoría de Instituto Universitario al Instituto de Humanidades Clásicas, de la Compañía de Jesús, con sede en la provincia de Lima.

ARTICULO 2°— La estructura, el funcionamiento y demás normas sobre planes y programas de estudio, grados y títulos serán determinados por los Estatutos del Instituto de Humanidades Clásicas que guardarán concordancia con la legislación universitaria vigente.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintiún días del mes de Abril de mil novecientos sesenta y seis.

DAVID AGUILAR CORNEJO, Presidente del Senado.

ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente de la Cámara de Diputados.

MANUEL F. BURGA PUELLES, Senador Secretario.

NICEFORO ESPINOZA LLANOS, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de Mayo de mil novecientos sesenti-

seis.

FERNANDO BELAUNDE TERRY

Carlos Cueto Femandini.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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