Tipo de Norma: Ley
Número: 1611
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01611LEY N.° 1G11
Subvención al Hospital de Jauja y construcción
de salas para enfermos contagiosos
EL PRESIDENTE DELA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente;
El Congreso de la República Peruana. Ha dado la ley siguiente;
Artículo 1.—Consígnese en el Presu-
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.