Tipo de Norma: Ley
Número: 16075
documento PDF
16075LEY N 16075
Estableciendo en el Distrito Independencia, Lima, el Colegio Nacional de Educación Secundaria “Virgen de la Natividad” para Mujeres**
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO 1— Establézcase en el Distrito Independencia, de la Provincia de Lima, el Colegio Nacional de Educación Secundaria “Virgen de la Natividad” para mujeres.
ARTICULO 2— El Plantel que se establece impartirá Educación Secundaria Común, en Secciones Diurnas y Vespertinas; teniendo además Secciones de Artesanía.
ARTICULO 3— El Ministerio de Educación Pública dará prioridad dentro del Plan Nacional de Construcciones Escolares, a la edificación del local escolar para el Colegio que se establece.
ARTICULO 4— Consígnase en el Presupuesto Funcional del Gobierno Central, las partidas necesarias para la instalación y funcionamiento del plante] que se crea.
ARTICULO 5— El Ministerio de Educación Pública se encargará del cumplimiento de la presente ley.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima a los doce días del mes de Febrero de mil novecientos sesentiseis.
DAVID AGUILAR CORNEJO, Presidente del Senado.
ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente de la Cámara de Diputados.
MANUEL F. BURGA PUELLES, Senador Secretario.
NICEFORO ESPINOZA LLANOS, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de Marzo de mil novecientos sesentiseis.
FERNANDO BELAUNDE TERRY
José Navarro Grau
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.