Tipo de Norma: Ley
Número: 16043
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16043LEY N 16043
Autorizando a la Comisión creada por Ley N 14858, ponga en vigencia los proyectos del Código Tributario de Principios Generales y Código de
Aduanas.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO UNICO.— Autorízase al Poder Ejecutivo para que, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, ponga en vigencia con fuerza de ley, los proyectos de Código Tributario de Principios Generales y Código de Aduanas, previo dictamen de la Comisión Revisora creada por la Ley 14858; dando cuenta al Congreso.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los cuatro días del mes de Febrero de mil novecientos sesenta y seis.
DAVID AGUILAR CORNEJO, Presidente del Senado.
ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente de la Cámara de Diputados.
MANUEL F. BURGA PUELLES, Senador Secretario.
NICEFORO ESPINOZA LLANOS, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de Febrero de mil novecientos sesenti-seis.
FERNANDO BELAUNDE TERRY
Sandro Mariátegui Chiappe.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.