Ley Nº 16021

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Número: 16021


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 16021

LEY N 16021

Transferencia de partidas en el Pliego de Fomento y O.P., hasta por la suma de S/. 123,269.95.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO: — Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar las siguientes transferencias de partidas en el Pliego de Fomento y Obras Públicas, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central, de 1965, hasta por la sumá de ciento veintitrés mil

doscientos sesentinueve soles oro y noventicinco ctvs. (S/. 123,269.95):

Sub-Pliego VIL Industrias y Electricidad.

Programa I. Dirección y Administración General.

Sub-Prograroa 1, Alta Dirección.

Asignación 24.

S/. 5,160.01

„ 55,909.94

S/. 55,909.94

„ 5,160.01

De la Partida N 2.1.1,.........

yy >y >y y> 2.9.4,.........

A la Partida N 1.4.0,.........

,, f» tt ,, 4.6.0, ... ... ...

Sub-Pllego IX. Dirección de Minería.

Programa I. Dirección y Administración General y Patrimonio Minero.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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