Tipo de Norma: Ley
Número: 159
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00159Res. leg. No. 159
Pensión aD.a Eufemia
Arana
Lima, 18 de noviembre de 1905 Excmo. señor:
El Congreso, en vista de la solicitud de doña Eufemia Arana, inutilizada en el servicio del Estado como iefe de una ofi-
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ciña telegráfica de esta capital, ha resuelto concederle durante sus días la pensión de diez libras mensuales.
Lo comunicamos á V E. para su conocimiento y demás fines.
Dios guarde á V. E.—M. Irigoyh.n, Presidente del Senado.—Antonio MikóQfe-sada. Diputado Presidente.—Víctor Castro Iglesiíis, Secretario del Senado.—Fermín Málaga Santolalla, Secretario de la Cámara de Diputados.
Excmo. señor Presidente de la República.
Lima, 28 de noviembre de 1905
Cúmplase, regístrese y publíquese.— Rúbrica de S. E.—Romero.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.