Tipo de Norma: Ley
Número: 15855
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15855LEY N 15855
Transferencias de partidas en el Pliego de Hacienda y Comercio, hasta por la suma de S/. 800,000.00.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.'
-®
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO UNICO.— Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar la siguiente transferencia de partidas por la cantidad de Ochocientos Mil Soles Oro (S/. 800,000.00) en el Pliego de Hacienda y Comercio, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central para 1965:
Sub-Pliego VI. Asignación N 23. Iniciativas Parlamentarias.
Departamento de Pasco.
De la Partida: — Al Servicio de Investigaciones y Promoción Agraria, para la instalación de las Granjas Agrícolas Nacionales y del Instituto de Apicultura en
S/. 800,000.00
S/. 800,000.00 S/. 800,000.00 S/. 800,000.00
Oxpampa, Pasco............
A la Partida: — A la Cooperativa de Colonización de Pasco Ltda. N 115, para la adquisición de un equipo de aserradero e instalaciones en el Pueblo en forma-» ción.....................
TOTALES
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los treinta días del mes de Diciembre de mil novecientos sesenta y cinco.
DAVID AGUILAR CORNEJO, Presidente del Senado.
ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente de la Cámara de Diputados.
MANUEL F. BURGA PUELLES,
Senador Secretario.
NICEFORO ESPINOZA LLANOS, Diputado Secretario.
®-
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintiún días del mes de Diciembre de mil novecientos sesen-tincinco.
FERNANDO BELAUNDE TERRY
Sandro Mariátegui Chiappe.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.