Tipo de Norma: Ley
Número: 15848
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15848LEY N 15848
Transferencia de partidas en el Pliego de Fomento y O. P., hasta por la suma de S/. 28'577,094.22.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
POR CUANTO:
El Congreso, ha dado la ley si guíente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO UNICO.— Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar la siguiente transferencia de partidas en el Pliego de Fomento y Obras Públicas, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central en vigencia, hasta por la suma de Veintiocho Millones Quinientos Setentisiete Mil Noventicuatro Soles Oro y Veintidós Centavos. (S/. 28'577,094.22):
Sub—Pliego IV—Dirección de Caminos.
Programa IV —Conservación
Sub—Programa 1— Conservación Rutinaria
Asignación 11.
De la Partida N 3.2.0 "Construcciones" — Depreciación Equipo Mecánico ......................
Programa V — Equipo Mecánico.
Sub—Programa 1. Equipo Mecánico.
Asignación 13.
A la Partida N° 2.5.10 "Equipos para trabajo de campo".........
TOTALES......
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintiocho días del mes de Diciembre de mil novecientos sesenta y cinco.
DAVID AGUILAR CORNEJO, Presidente del Senado.
ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente de la Cámara de Diputados.
MANUEL BURGA PUELLES, Senador Secretario.
NICEFORO ESPINOZA LLANOS, Diputado Secretario.
S/. 28'577,094.22
_S/. 28*577,094.22
. S/. 28'577,094.22 S/. 28'577,094.22
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Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de Diciembre de mil novecientos sesen-ticinco.
FERNANDO BELAUNDE TERRY
Sandro Mariátegui Chiappe.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.