Ley Nº 15781

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 15781

LEY N 15781

Transferencia de partidas en el Pliego de Educación Pública, hasta por la suma de S/o. 220,000.00.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley si-

i

guíente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

¡

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.— Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar la siguiente transferencia de Partidas en el Pliego de Educación Pública, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central, en vigencia, hasta por la suma de Doscientos Veinte Mil Soles Oro (S/. 220,000.00):

Sub-Pliego I — Administración Nacional.— Programa III •— Administración General — Asignación

N 3.

S/. 220,000.00

S/. 220,000.00 S/. 220,000.00 S/. 220,000.00

De la Partida N 1.3.9,........

A la Partida N 4.1.4.—Otras. A-la Editorial "Sebastián Lorente", anexa a la Gran Unidad Escolar "Santa Isabel" de Huancayo, para regularización de haberes de

sus empleados............

TOTALES:

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los seis días del mes de Diciembre de mil novecientos sesenta y cinco.

DAVID AGUI LAR CORNEJO, Presidente del Senado.

ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente de la Cámara de Diputados.

MANUEL BURGA PUELLES, Senador Secretario.

NICEFORO ESPINOZA LLANOS, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de Diciembre de mil novecientos se-senticinco.

FERNANDO BELAUNDE TERRY

Sandro Mariátegui Chiappe.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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