Tipo de Norma: Ley
Número: 15719
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15719LEY N 15719
Autorizando la construción de un aeropuerto en la ciudad de Puno.
ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente del Congreso.
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA:
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO 1 — Declárase de necesidad y utilidad públicas la construcción de un aeropuerto en la ciudad de Puno, capital del departamento del mismo nombre.
ARTICULO 2 — Consígnese en el Pliego correspondiente del Presupuesto Funcional del Gobierno Central para el año de 1965, la partida que sea necesaria para la construcción del aeropuerto a que se refiere el artículo precedente.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los ocho días del mes de abril de mil novecientos sesenta y cinco.
RAMIRO PRIALE, Presidente del Senado.
VICTOR FREUNDT ROSELL, Presidente de la Cámara de Diputados.
TEODORO BALAREZO LIZARZA-BURU, Senador Secretario.
WASHINGTON ZUÑIGA TRE-LLES, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
No habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 129 de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Aeronáutica, para su cumplimiento.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintiocho días del mes de Octubre de mil novecientos sesenticinco.
ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente del Congreso.
CARLOS E. MELGAR LOPEZ, Senador Secretario del Congreso.
CARLOS B. CEDANO VILLALTA, Diputado Secretario del Congreso.
Lima, 11 de Noviembre de 1965.
Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.
José A. Heighes Pérez Albela.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.