Ley Nº 15658

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 15658

LEY N 15658

Disponiendo la adjudicación al Concejo Distrital de San Martín de Porras, de los terrenos reservados de conformidad con la Resolución Suprema del 20 de Enero de 1941.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO 1°— Declárase de necesidad y utilidad públicas, la adjudicación en favor del Concejo Distrital de San Martín de Porras, el área reservada para el Estado, de

conformidad con la Resolución Suprema del 20 de Enero de 1941.

ARTICULO 2°— Los terrenos a que se refiere el artículo anterior, serán destinados a la construcción de áreas verdes, edificación de un Centro Cívico, construcción de locales escolares, y un mercado de a-bastos, obras que serán ejecutadas por el Concejo Distrital de San Martín de Porras en beneficio de los pobladores del mencionado distrito.

ARTICULO 3°— Los Ministerios de Hacienda, Fomento y Gobierno, quedan encargados del cumplimiento de la presente ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los doce días del mes de Octubre de mil novecientos sesenta y cinco.

DAVID AGUILAR CORNEJO, Presidente del Senado.

ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente de la Cámara de Diputados,

MANUEL BURGA PUELLES, Senador Secretario.

NICEFORO ESPINOZA LLANOS, Diputado Secretario.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en

Lima, a los quince días del mes de

Octubre de mil novecientos sesenta

y cinco.

FERNANDO BELAUNDE TERRY

Sandro María tegui Chiappe.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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