Tipo de Norma: Ley
Número: 15622
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15622LEY N- 15622
Adjudicando al Club Cuzco, de Lima, la propiedad de predios urbanos con 720 m2., en el Distrito de Jesús
María
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO 1-—Adjudícase a título gratuito al Club Cuzco, de Lima, la propiedad de los predios urbanos colindantes, números 270 y 274, del Jirón Mariano Melgar, del Distrito de Jesús María, de la Provincia de Lima, cada uno de los cuales tiene un frente de 9 metros, un fondo de 40 metros, y una exten
sión de 360 m2., constituyendo un área total de 720 m2., inscritos a
nombre del Estado en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, (Tomo N 242, folio 291, asiento N 5), y en el Margesí de Bienes Nacionales (Asientos Nos. 441 y 442).
ARTICULO 2 — Autorízase al 4'Club-Cuzco" de Lima para:
1) .—Reconstruir parcial o totalmente, separada o conjuntamente, los predios adjudicados por la presente ley;
2) .—Permutar o enajenar sin el requisito de licitación; en cuyo caso el precio obtenido será invertido íntegramente en la adquisición de otro predio para la sede social del referido Club, o en la reconstrucción del mismo;
3.—Gravar parcial o totalmente
los inmuebles adjudicados, o los que adquiera por permuta o venta para garantizar las operaciones de crédito necesarias para ejecutar
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.