Ley Nº 15605

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Tipo de Norma: Ley

Número: 15605


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 15605 LEY N 15605Declarando “Benemérita” a la Guardia Civil del Perú

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente :

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.— Declárese “Benemérita” a la Guardia Civil del Perú, como gratitud y estímulo por los servicios que viene prestando a la Nación, debiendo en lo sucesivo insertarse esta denominación en los sellos, emblemas y documentos que expida.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los ocho días del mes de Setiembre de mil novecientos sesenticinco.

DAVID AGUILAR CORNEJO, Presidente del Senado.

ENRIQUE RIVERO VELEZ, Presidente de la Cámara de Diputados.

MANUEL BURGA PUELLES, Senador Secretario.

NICEFORO ESPINOZA LLANOS, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de Setiembre de mil novecientos sesenticinco .

FERNANDO BELAUNDE TERRY

Octavio Mongrut Muñoz.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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