Ley Nº 1558

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Tipo de Norma: Ley

Número: 1558


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 01558

LEY N.° 1558

Prorrogando el Presupuesto General

de 1911

EL PRESIDENTE DE, LA REPUBLICA.

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.— Prorrógase por segunda vez el presupuesto general de la-República para 1911 en su doceava parte, observándose las modificaciones introducidas en el proyecto del presupues1-to para 1912 remitido por el Poder Ejecutivo que, á la promulgación de la presente ley, hayan sido sancionadas por ambas "Cámaras.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso,» en Lima, á los catorce días del mes de febrero de mil novecientos doce*— —Agustín Tovar, Presidente del Senado.—Rafael Guau, Segundo Vicepresidente déla H. Cámara de Diputados.—Pedro Rojas Loayza, Senador Secretario.— Arturo Rubio, Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República,.

Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de febrero de mil novecientos doce.—A. B. Legtxía.— L,uis Villarán.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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