Ley Nº 1552

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Tipo de Norma: Ley

Número: 1552


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 01552

LEY N 1552

Aumentando varias partidas del del pliego de Correos

del Presupuesto General

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Ppr cnanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

Al mes

Al año

El Congreso de la República Peruana. Ha dado la ley siguiente;

Artículo único, —Auméntanse las par tidás siguientes del Pliego de Córreos del Presupuesto General de la República para 1912, en la proporción que se indica:

para aumentar la partida número 1863 de g a 8 t o s de tránsito á las administraciones de La

Unión............Lp.

, aumentar la partida número 1869 de suscripción á teléfono, alumbrado y gas tos policía »

20.3.23 Lp. 243.8.80

25.0.00 * 300.0.00

Gasto Material

Total....Lp. 899.4.88 lp.10793.8.80

Al mes

Al año

aumentar laj partida nú-injero 1858,de

jú tiles deescri-

Irio, etc......Lp. 25.0.00 Lp. 300.0.00

» aumentar la

partida nú-

mero 1859 de arrenda mientas................ * 54.1.66 » 650.0,00

> aumentar la partida número 1860 de

postas........... *708.3.33 *8500.0.00

* aámentar la partida nú-mero 1862 de «detenimiento de la agen-

ci i postal de ^

Panamá....... > 66.6*66 * 800.0.0”

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso, en Lima, áloe treinta y un días del mes de enero de mil novecientos doce. — Agustín Tovar, Presidente del Senado. — Roberto E. Legüía, Diputado

Presidente.—Pedro Rojas Loayza) Sena-

dor Seecretario.— Arturo Rubiot Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República.

Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, á los cinco días del mes de febrero de mil novecientos doce.—A. B. Leguía. P. Jiménez.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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