Ley Nº 15494

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 15494

LEY N 15494

Creando un Juzgado de Paz Letrado en la ciudad de Tarapoto.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA .

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO 1 — Créase un Juzgado de Paz Letrado en la ciudad de Tarapoto, capital de la Provincia de San Martín, del Departamento del mismo nombre.

ARTICULO 2 — Consígnese en el Presupuesto Funcional del Gobierno Central para el año de 1966, las partidas necesarias para el cumplimiento de la presente ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los treinta días del mes de Marzo de mil novecientos sesenta y cinco.

RAMIRO PRIALE, Presidente del Senado.

VICTOR FREUNDT ROSELL, Presidente de la Cámara de Diputados.

LEONIDAS CRUZADO QUIROZ, Senador Secretario.

WASHINGTON ZUÑIGA TRE-

LLES, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de Abril de mil novecientos sesenta y cinco.

FERNANDO BELAUNDE TERRY

Carlos Fernández Sessarego.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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