Tipo de Norma: Ley
Número: 1546
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01546I
Res. Leg. N 1540
Exonerando del pago de derechos de Aduana los objetos adquiridos para el servicio del culto
en el colegio de la Inmaeulada Concepción de esta capital
Lima, 19 de enero de 1912.
Excmo. señor:
El Congreso ha resuelto exonerar del pago de derechos de aduana hasta la cantidad de veinte libras, á los objetos
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.