Tipo de Norma: Ley
Número: 15393
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15393LEY N 15393
Transferencias de Partidas en el Pliego de Justicia y Culto, hasta por
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO UNICO. — Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar las siguientes transferencias de partidas en el Pliego de Justicia y Culto, del Presupuesto Funcional del
Gobierno Central de 1963, hasta por
la suma de ciento ochenta mil cuatrocientos sesenta y cinco soles oro
(Si. 180,465.00);
S . 180,465.00
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
CAPITULO UNICO,
T
De la Partida N 1, Programa ííí>
Sub-Programa 3.......... S/. 13,800.00
De la Partida N 1, Programa VI,
Sub-Programa 1 . ......... ” 14,000.00
De la Partida N 1, Programa VI,
Sub-Programa 2.......... " 8,405.05
De la Partida N 48, Programa III,
Sub-Programa 3.......... ” 1,200.00
De la Partida N 24, Programa IV,
Sub-Programa 1.......... ” 6,000.00
De la Partida N 31, Programa IV,
Sub-Programa 1.......... ” 15,750.00
De la Partida N 1, Programa I,
Sub-Programa 1.......... ” 5,000.00
De la Partida N 10, Programa I,
Sub-Programa 1 .......... ” 12,000.00
De la Partida N 10, Programa III,
Sub-Programa 2.......... ” 5,000.00
De la Partida N 1, Programa III,
Sub-Programa 3.......... ” 10,000.00
De la Partida N 35, Programa III,
Sub-Programa 3 .. .. ...... ” 5,000.00
De la Partida N 1, Programa V,
Sub-Programa 1 .. .. .... .. ” 30,000.00'
De la Partida N- 10, Programa VII,
Sub-Programa 5.......... ” 22,000.00
De la Partida N 10, Programa V,
Sub-Programa 1.......... ” 25,000.00
De la Partida N 17, Programa V,
Sub-Programa 1.......... ” 7,309.95
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.