Tipo de Norma: Ley
Número: 15262
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15262LEY N 15262
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciseis días del mes de Diciembre de mil novecientos sesenta y cuatro.
Designando la Villa de San Agustín de Huayopampa, como capital del Distrito de Atavillos Bajo.
FERNANDO BELAUNDE TERRY
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
POR CUANTO:
Miguel Rotalde de Romaña.
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO UNICO.—El Distrito
de Atavillos Bajo, en la Provincia de Canta, del Departamento de Lima, tendrá como capital la Villa de San Agustín de Huayopampa.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los seis días del mes de Noviembre de mil novecientos sesenta y cuatro.
RAMIRO PRIALE, Presidente del Senado.
VICTOR FREUNDT ROSELL, Pre-sidente de la Cámara de Diputados.
TEODORO BALAREZO LIZARZA-BURU, Senador Secretario.
WASHINGTON ZUÑIGA TRE-LLES, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.