Ley Nº 15258

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Número: 15258


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 15258

LEY N 15258

Creando el Distrito de "Santa María

de Chicmo”, en la Provincia de

Andahuaylas

EL PRESIDENTE DE LA REPIL BLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO 1—Créase en la Provincia de Andahuaylas del Departamento de Apurímac, el Distrito de "Santa María de Chicmo", cuya capital será el pueblo de este mismo

nombre.

ARTICULO 2°—El Distrito de "Santa María de Chicmo" estará integrado por los siguientes Caseríos: Chichucancha, Taramba, Cascabam-ba, Yahuarí, Pucahuasi y Collone Izquierda y todos los demás centros poblados que se encuentran dentro de sus límites.

ARTICULO 3—Los límites del Distrito de "Santa María de Chicmo", serán los siguientes: Por el Norte.—Parte de un punto de la carretera a Uripa en las faldas de la cordillera de Maccmaccocha, extendiéndose por las cumbres de los cerros Huaraco y Huaroirca en los límites con el Distrito de Ocobamba; continuando hasta llegar al río de Muía-Cancha donde comienzan los límites con el Distrito de Talavera. Por el Este.—Desde el río Mula-Cancha, sigue por una línea que pasa por el cerro de Casacancha, has

ta el punto denominado Mamacha-yoccrumi donde corta al río Orcon-mayo, dirigiéndose luego hacia el Sur por las laderas de Huanzocca-ta, continuando por una curva entrante formada por pequeñas cumbres que llegan al cerro Sachaorcco. Desde aquí baja una línea hasta la

quebrada de Timpucc hasta tocar con los límites del Distrito de Huancaray. Por el Sur.—Sigue por la línea de límites con el Distrito de Huancaray, pasando por las cumbres del cerro Buberayoc llamado también Rumiranra, para dirigirse por el cerro de Chiriyaco hasta encontrar la carretera que va de Andahuaylas a Huancaray. Luego sigue bajando por una línea que va a

encontrarse las Lomas de Michkani y el río Huancaray, continúa por el curso de este río aguas abajo, hasta su confluencia con el río Cascabam-ba donde comienzan los límites con Cocharcas. Por el Oeste.—Desde la confluencia de los ríos Huancaray y Cascabamba; sigue por el curso de este río aguas arriba, hasta llegar a Collone, para luego dirigirse por las lomas de Collone y el cerro Largo hasta llegar a las punas de Tastaccasa; para luego bajar por las faldas de la cordillera de Maccmaccocha hasta encontrar la carretera a Uripa donde comienzan los límites de este Distrito.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los trece días del mes de Noviembre de mil novecientos sesenta y cuatro.

RAMIRO PRIALE, Presidente del Senado.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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