Ley Nº 15074

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 15074

RESOLUCION LEGISLATIVA

N9 15074

Concediendo una pensión indemniza-toria de S|. 1,500.00 mensuales a los herederos de don León Ramiro Gamarra Cisneros.

Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde a Ud.

Lima, 16 de Junio de 1964.

Señor:

El Congreso en vista de la iniciativa del Poder Ejecutivo y en ejercicio de la atribución que le confiere el inciso 239 del artículo 1239 de la Constitución, ha resuelto:

Autorizar al Poder Ejecutivo para que acuerde una pensión ¡ndemniza-toria de Un Mil Quinientos soles oro mensuales a partir de la fecha de esta Resolución Legislativa a los herederos legales del que fue don León Ramiro Gamarra Cisneros, fallecido en el accidente ocurrido en Huancayo el 2 de noviembre de 1962, y determinar la partida del Pliego del Ministerio de

Guerra a que debe cargarse este egreso en el año en curso, debiendo consignarse en el Presupuesto Funciona! para los años futuros partida específica para este fin.

JULIO DE LA PIEDRA, Presidente del Senado.

FERNANDO LEON DE VIVERO,

Presidente de la Cámara de Diputados. GUSTAVO E. LANATTA, Senador

Secretario.

LUIS F. RODRIGUEZ, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

Lima, 19 de Junio de 1964.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

FERNANDO BELAUNDE TERRY.

Humberto Luna Ferreccio.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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