Tipo de Norma: Ley
Número: 15066
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15066RESOLUCION LEGISLATIVA
N 15066
Concediendo una pensión indemniza-tona de S|. 3,000.00 mensuales a donJosé Quintana Fernández.
Lima, 16 de Junio de 1964.
Señor:
El Congreso en vista de la iniciativa del Poder Ejecutivo y en ejercicio de la atribución que le confiere el inciso 23° del artículo 123 de la Constitución, ha resuelto:
Autorizar al Poder Ejecutivo para que otorgue a partir de la fecha de
esta Resolución Legislativa, pensión indemnizatoria de Tres Mil soles oro mensuales a favor de don José Quintana Fernández, que resultara incapacitado físicamente a consecuencia del accidente ocurrido en Huancayo el 2 de noviembre de 1962, durante el e-jercicio de Tiro real programado en la Instrucción Pre-Militar Especial, y Pa" ra determinar la partida del Pliego del
Ministerio de Guerra a que debe cargarse este egreso en el año en curso, debiendo consignarse en el Presupuesto Funcional para los años futuros partida específica para este fin.
Lo comunicamos a usted, para su conocimiento' y demás fines.
Diofe guarde a Ud.
JULIO DE LA PIEDRA, Presidente del Senado.
FERNANDO LEON DE VIVERO,
Presidente de la Cámara de Diputados.
GUSTAVO E. LANATTA, Senador Secretario.
LUIS F. RODRIGUEZ, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
Lima, 19 de Junio de 1964.
Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.
FERNANDO BELAUNDE TERRY.Humberto Luna Ferreccio.(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.