Ley Nº 14997

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 14997

LEY N° 14997

Creando un Colegio Nacional Mixto de Educación Secundaria Común, enel Distrito de Cabana.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO 1.—Créase un Colegio Nacional Mixto de Educación Secundaria Común, en el Distrito de Cabana* de la Provincia de Lucanas del Departamento de Ayacucho.

ARTICULO 29.—El Colegio que crea se denominará: “Manuel Seoane

Corrales”.

ARTICULO 3°.—El Poder Ejecutivo

consignará la partida correspondiente en el Presupuesto Funcional de la República, para que funcione dicho Colegio a partir del año 1964.

ARTICULO 4o.—El Ministerio de Educación Pública, queda encargado del cumplimiento de la presente ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los cuatro días del mes de abril de mil novecientos sesenticuatro.

JULIO DE LA PIEDRA, Presidente del Senado.

FERNANDO LEON DE VIVERO, Presidente de la Cámara de Diputados.

CARLOS MALPICA, Senador Secretario.

LUIS F. RODRIGUEZ, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de abril de mil novecientos sesenta y cuatro.

FERNANDO BELAUNDE TERRY.Francisco Miró Quesada Cantuarias.

(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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