Ley Nº 14984

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Tipo de Norma: Ley

Número: 14984


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 14984

LEY N9 14984

Efectuando Transferencia de Partidas en el Pliego de Fomento y Obras Públicas hasta por la suma de S/.

5,000.00

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.—Autorízase al

Poder Ejecutivo para efectuar la siguiente transferencia de partidas en el Pliego de Fomento y Obras Públicas, del Presupuesto del Gobierno Central de 1963, hasta por la suma de cinco mil soles oro (S/. 5,000.00).



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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