Tipo de Norma: Ley
Número: 14974
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14974LEY N 14974
Elevando a la categoría de Gran Unidad Escolar “Buenaventura Sepúlve-da’\ el Colegio Nacional de Varones de la ciudad de San Vicente de Cañete.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO R—Elévase a la categoría de Gran Unidad Escolar, e! Colegio Nacional de Varones de la ciudad de San Vicente de Cañete, en la Provincia de Cañete, del Departamento de Lima, que se denominará “Buenaventura Sepúlveda”.
ARTICULO 2.—La Gran Unidad Escolar “Buenaventura Sepúlveda” impartirá Educación Secundaria Común y se integrará con una Sección de Educación Primaria y con un Instituto de Educación Técnica, de tipo industrial.
ARTICULO 3o.—El Ministerio de Educación Pública queda encargado de la edificación de un local para la Gran Unidad Escolar “Buenaventura Sepúlveda”.
ARTICULO 4T—Consígnese en el Presupuesto Funcional del Gobierno Centra!, a partir del año 1964, las partidas necesarias para la instalación y funcionamiento del plantel mencionado, así como para llevar a cabo la
construcción que se indica en el artículo tercero de esta ley.
ARTICULO 5Q.—El Ministerio de
Educación Pública queda encargado del cumplimiento de la presente ley*
Comuníquese a! Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a Io5 dieciocho días del mes de Marzo de
mil novecientos sesenta y cuatro.
JULIO DE LA PIEDRA, Presidente del Senado.
FERNANDO LEON DE VIVERO,
Presidente de la Cámara de Diputados.
CARLOS MALPICA, Senador Secretario.
JUAN JOSE NUÑEZ SARDA, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días de! mes de Marzo de mil novecientos sesenticua-tro.
FERNANDO BELAUNDE TERRY.
Francisco Miró Quesada Cantuarias.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.