Ley Nº 14905

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 14905

LEY N°. 14905.

Creando en la ciudad de Sandia, un Colegio Nacional Mixto de Educación

Secundaria Común.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

articulo R- -Créase un Colegio

Nacional Mixto de Educación Secundaria Común, en la ciudad de Sandia, capital de la Provincia del mismo nombre, del Departamento de Puno.

ARTICULO 29.—Consígnese en el P'esupuesto Funcional del Gobierno Central para el año 1964, las partidas

que sean necesarias, para el cumplimiento y ejecución de lo dispuesto por esta ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los diecinueve días del mes de Febrero de mil novecientos sesenta y cuatro.

JULIO DE LA PIEDRA, Presidente del Senado.

FERNANDO LEON DE VIVERO,

Presidente de la Cámara de Diputados.

CARLOS MALPICA, Senador Secretario.

LUIS F. RODRIGUEZ. Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de febrero de mil novecientos sesenta y cuatro.

FERNANDO BELAUNDE TERRY.

Francisco Miró Quesada Cantuarias.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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