Ley Nº 14868

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 14868

LEY NT 14868.

¿seo Miró Quesada Cantuarias,

Creando una Escuela Normal de Varones en la ciudad de Tinta, Provincia

de Canchis.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO Io.—Créase una Escuela Normal de Varones, en la ciudad de Tinta, del Distrito del mismo nombre, de la Provincia de Canchis, del Departamento del Cuzco.

ARTICULO 2o.—En la mencionada Escuela Normal regirán las mismas leyes y disposiciones que estén en vi-cencía para ¡as Escuelas de esta cate-gcría en la República.

ARTICULO 39.—Consígnese en el presupuesto Funcional del Gobierno Central, a partir del año 1964, las partidas necesarias para la instalación y funcionamiento de la Escuela Normal cue se crea por esta ley.

ARTICULO 49.—El Ministerio de Educación Pública queda encargado ¿el cumplimiento de la presente ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los diecisiete días del mes de Febrero da mil novecientos sesenta y cuatro.

JULIO DE LA PIEDRA, Presidente del Senado.

FERNANDO LEON DE VIVERO, Presidente de la Cámara de Diputados.

CARLOS MALPICA, Senador Secretario.

LUIS F. RODRIGUEZ, Diputado Secretario.

A! señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en

Lima, a ios dieciocho días del mes de Febrero de mil novecientos sesenta y

cuatro.

FERNANDO BELAUNDE TERRY. Franc



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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