Tipo de Norma: Ley
Número: 14845
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14845LEY N° 14845
Declarando de utilidad pública !a expropiación de terrenos para la ampliación del Aeropuerto de Huánuco.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente: ' '
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO 1 9.—Declárase de necesidad y utilidad pública (a expropiación de los terrenos necesarios para la ampliación del Aeropuerto de Huánuco.
ARTICULO 29.—Autorízase a la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial para llevar adelante la expropiación de los terrenos a que se refiere el artículo anterior, de conformidad con la Ley N9 9125 y sus ampliatorias.
ARTICULO 3o.—Los gastos que
origine la expropiación serán pagados con cargo a ios fondos creados por la Ley N9 10715; y la Corporación Pe« ruana de Aeropuertos y Aviación Comercial, dará preferente e inmediata
atención a los trabajos de ampliación e instalación de los implementos necesarios para el mejor funcionamiento del citado Aeropuerto.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo
para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintisiete días del mes de enero de mil novecientos sesenta y cuatro.
JULIO DE LA PIEDRA, Presidente del Senado.
FERNANDO LEON DE VIVERO,
Presidente de la Cámara de Diputados.
GUSTAVO E. LANATTA, Senador Secretario.
LUIS F. RODRIGUEZ, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes ce enero de mil novecientos sesenta y cuatro.
FERNANDO BELAUNDE TERRY.
Carlos Granthon Cardona. Javier Salaxar Villanueva.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.