Tipo de Norma: Ley
Número: 1478
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01478ley n i/.7«
Construcción de la línea férrea de Trujillo ó los alientos mineros de Salpo y Quiruvilca
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Comrreso ha dado la lev
siguiente:
El Congreso de la República Peruana» Ha dado la ley siguiente:
Artículo 1 — Amplíase el artículo 1 de la ley del 30 de marzo de 1904, haciendo extensiva la disposición en él conte* nida á la construcción de la línea férrea de Trujillo á loa asientos mineros de Salpo y Quiruvilca, sobre la base de los estudios realizados por el ingeniero don Juan Yelázquez Jiménez, ó cualesquiera otros que sean ejecutados por ingenieros
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.