Ley Nº 1477

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 01477

Res. Leg. N.° 1477

Reconocimiento de servicios

al capitán de fragata don Jorge de Tezanos Pinto

Lima, 16 de noviembre de 19111 Excmo. señor:

El Congreso ha resuelto que se reconozca de abono en la libreta del capitán de fragata, don Jorge de Tezanos Pinto, los ocho años, dos meses y dos días de servicios que lia prestado á la Nación, del 9 de setiembre de 1865 al 31 de diciembre de 1869, del mes de mavo al de diciembre de 1879 y del 20 de abril de 1894 al 6 del mismo mes de 1895; sin que la presente resolución le dé derecho á reclamar goces anteriores á ella.

Lo comunicamos á V, E. para su conocimiento y demás fines.—Dios guarde á V. E. —Agustín Tovaií, Presidente del Senado.—Rafael Guau, Segundo Vicepresidente de la Cámara de Diputados. —Pedro Rojas Loavza, Senador Secretario.—Julio Abel Raygada, Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República.

Lima, 17 de noviembre de 1911,

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, pu-blíquese y archívese.—Rúbrica de S. E. —La Torre.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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