Tipo de Norma: Ley
Número: 14665
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14665LEY N9 14665.
Declarando de necesidad y utilidad nacional la construcción de la carretera Puente Corral Quemado-Ocailí.
FERNANDO LEON DE VIVERO,
presidente del Congreso.
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO 1°.—Declárase de necesidad y utilidad nacional, la construcción del tramo de carretera que partiendo del puente denominado Corral Quemado o “24 de Julio”, en la vía Olmos-Marañón y pasando por Cumba, Yamón, Lonya Grande y Cam-porredondo, llegue hasta OcalIí, en la Provincia de Luya, del Departamento de Amazonas.
ARTICULO 29—Incluyase la construcción del tramo carretero mencionado en el artículo anterior, en el Plan Vial Nacional.
ARTICULO 3o—El Ministerio de Fomento y Obras Públicas queda encargado del cumplimiento de la presente ley.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los treinta días del mes de abril de mil novecientos sesentidós.
ENRIQUE. MARTINELLI TIZON, Presidente del Senado.
ARMANDO DE LA FLOR, Presidente de la Cámara de Diputados.
CESAREO VIDALON, Senador Secretario.
ALEJANDRO NIÑO DE GUZMAN,
Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
No habiendo sido promulgada o-port-unamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en e! artículo 1 299 de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Fomento y Obras Públicas, para su cumplimiento.
Casa del Congreso, en Lima, a los veinte días del mes de agosto de mil novecientos sesenta y tres.
FERNANDO LEON DE VIVERO,
Presidente del Congreso.
GUSTAVO E. LANATTA, Senador Secretario del Congreso.
LUIS F. RODRIGUEZ, Diputado Secretario del Congreso.
Lima, 2 de setiembre de 1963.
Cúmplase, regístrese, comuniqúese, publíquese y archívese.
Carüos Pestaña Zevallos.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.