Tipo de Norma: Ley
Número: 14617
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14617DECRETO-LEY N 14617
Abriendo un Crédito Suplementario por S¡/. 11’269,172.53, a fin de habilitar la Partida No. 43 del Pliego d¡e Trabajo y Asuntos Indígenas
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO.
POR CUANTO:
La Junta de Gobierno lia dado el siguiente Decreto-Ley:
LA JUNTA DE GOBIERNO.
CONSIDERANDO:
Que a fin de regularizar el Pliego de Trabajo y Asuntos Indígenas, del Presupuesto General de la República de 1062, en Liquidación, es necesario habilitar la Partida N 43 de dicho Pliego que ha tenido un mayor egreso en el mencionado ej ercicio prcsupuestal;
De conformidad con lo dispuesto en dos artículo 18 y 20 de la
Ley Orgánica de Presupuesto N 4508;
De acuerdo con lo informado por la Contralorea General de la República v la Dirección General de Pre-supuesto; y.
En uso de las facultades de que está investida:
HA DADO EL DECRETO-LEY SIGUIENTE:
ARTICULO UNICO.— Autorízase al Ministerio de Hacienda y Co
mercio para abrir un Crédito Suplementario por Ja suma de ONCE MILLONES DOSCIENTOS SESEN-TINUEVE MIL CIENTO SETENTIBOS SOLES ORO GINCUENTI-TRES CENTAVOS (S|* 1P269,172.53) a fin de habilitar la Partida N 43 del Pliego de Trabajo y Asuntos Indígenas, del Presupuesto Ge-neral de la República de 1962, en Liquidación.
Este crédito será financiado con cargo a los recursos señalados para cubrir el déficit prcsupuestal del año 1962.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los veinticinco días del mes de Julio de mil novecientos sesenta y tres.
General de División NICOLAS LINDLEY LOPEZ, Presidente de la Junta de Gobierno y Ministro de Guerra.
Vice-Almirante JUAN FRANCISCO TORRES MATOS, Presidente de la Junta de Gobierno y Ministro de Marina.
Teniente General PEDRO VARGAS PRADA PEIRANO, Presidente de la Junta de Gobierno y Ministro de Aeronáutica.
General de Brigada AUGUSTO VALDEZ OVIEDO^ Ministro de Hacienda y Comercio.
Vice-Almirante LUIS EDGARDO LLOSA G.P., Ministro de Relacio-nes Exteriores.
General de Brigada GERMAN PAGADOR BLONDET, Ministro de
Gobierno y Policía.
Vico-Almirante FRANKLIN PEA-SE OLIVERA, Ministro de Educación Pública.
General de Brigada MAXIMO
VERASTEGUI IZURIETA, Minis-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.