Ley Nº 14560

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 14560

DECRETO-LEY N< 14580

Disponiendo que las reparticiones estatales proporcionen ocupación re, numerada, a los lisiados recuperados e invidnetes capacitado.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO.

POR CUANTO:

La Junta de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley;

LA JUNTA DE GOBIERNO.

CONSIDERANDO:

Que es deber del Estado proteger el derecho al trabajo de los lisiados recuperados y de los invidentes capacitados en las Instituciones Especializadas, colaborando de este modo en la labor social que éstas realizan conjuntamente con el Estado;

Que es necesario dictar las medidas complementarias a fin de que los recuperados puedan obtener ocupación remunerada en las labores para las cuales han sido capacitados;

Que para ese ef ecto, es conveniente señalar la proporción dentro "de la

cual las reparticiones estatales, paraestatales y entidades particulares irían adecuando su personal con el de los recuperados;

En uso de las facultades de que está investida;

HA DADO EL DECRETO-LEY SIGUIENTE:

ARTICULO l9.—Las reparticiones estatales y entidades para-estatales proporcionarán ocupación remunerada en las tacantes que se produzcan, a los lisiados recuperados e invidentes capacitadds que acrediten certificados oficiales de competencia, en aquellas labores que estén en aptitud de desempeñar.

ARTICULO 29.—Las empresas privadas que dentro de sus actividades dispongan de ocupaciones apropiadas para el desempeño por los rehabilitados, podrán darles la preferencia ocupacional a que se refiere el artículo anterior.

ARTICULO 39.—El Estado creará en el futuro, centros de producción industrial para dar ocupación permanente y remunerada a los egresados del Instituto Nacional del Ciego, Escuelas Especializadas para Invidentes y Centres de Rehabilitación de Lisiados.

ARTICULO 49.—El Gobierno del Perú se inscribirá en el Consejo Internacional de Bienestar para Ciegos



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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