Ley Nº 1449

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 01449

Res. Lcg. N 1449

Ascenso dei

coronel don Julio Aguirre

Lima, 4 de noviembre de 1911.

Excmo. señor:

El Congreso, en uso de la atribución que le confiere el inciso 13 del artículo 59 de la Constitución, ha aprobado la propuesta hecha por el Poder Ejecutivo, en oficio del 23 de octubre de 1889, ampliatorio del de 21 del mismo mes y año, para ascender á la clase de coronel efectivo de infantería de ejército, al graduado de la misma arma, don Julio Aguirre.

Lo comunicamos á Y. E. para su conocimiento y demás fines.—Dios guarde á Y, E.—Agustín Tovar, Presidente del Senado.—Roberto E. Leguía, Diputado P res i d en te. —Miguel Echeniq ae,Senador Secretario —Julio Abel Rnygada, Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República.

Lima, 7 de noviembre de 1911.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, pu-bííquese y archívese.—Rúbrica deS. E.— La Torre.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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