Tipo de Norma: Ley
Número: 14488
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14488DECRETO-LEY N° 14488
Ampliando el artículo 13 de la Ley
de Ascensos N° 13440.
EL PRESIDENTE DE LA JUxN TA DE GOBIERNO.
POR CUANTO:
La Junta de Gobierno lia dado el siguiente Decreto-Ley.
LA JUNTA DE GOBIERNO. CONSIDERANDO:
Que la Ley de Ascensos N° 13440, dispone en su artículo 13° que serán aptos para el ascenso los Oficiales en la Situación de Actividad que han cumplido el tiempo mínimo de servicios reales y efectivos de tres (3) años en el grado de Sub-Teniente o Alférez;
Que los Oficiales Alumnos de Ingeniería desaprobados y mientras no hayan terminado satisfactoriamente sus estudios, no están completamente capacitados para el desempeño de las funciones correspondientes a su grado y en consecuencia, no es posible que se compute ese tiempo de servicios como tiempo real y efectivo para el ascenso;
Oue en consecuencia, es conve-niente dictar las medidas necesarias que contemplen la situación de los Oficiales Alumnos de Ingeniería que no aprueben todas las asignaturas; y,
En uso de las facultades de que está investida:
HA DADO EL DECRETO-LEY SIGUIENTE:
ARTICULO UNICO--Amplíase
el artículo 13° de la Ley de Ascensos N° 13440, como sigue :
“Asimismo, a los Sub-Tenientes de Ingeniería no se le computará
como tiempo de servicios para el ascenso, el o los años en que mantengan alguna asignatura desaprobada correspondiente al 5to. Año de estudios”.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciseis días del mes de mayo de mil novecientos sesenta y tres.
General de División NICOLAS LINDLEY LOPEZ, Presidente de la Junta de Gobierno y Ministro de Guerra.
Vice-Almirante JUAN FRANCISCO TORRES MATOS, Presidente de la Junta de Gobierno y Ministro de Marina.
Teniente General PEDRO VARGAS PRADA PEIRANO Presiden-” te de la Junta de Gobierno y Ministro de Aeronáutica.
Vice-Almirante LUIS EDGARDO LLOSA G.P., Ministro de Relaciones Exteriores.
General de Brigada GERMAN PAGADOR BLONDET, Ministro de Gobierno y Policía.
General de División JUAN O-RREGO AGUINAGA, Ministro de Justicia y Culto.
General de Brigada MAXIMO VE-
RASTEGUI IZURRIETA, Ministro de Fomento y Obras Públicas.
Vice-Almirante FRANKLIN PEA-SE OLIVERA, Ministro de Educación Pública.
General de Brigada VÍCTOR SO' LAÑO CASTRO, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.
Mayor General ALFONSO TE-
RAN BRAMBILLA, Ministro de A-gricultura, Encargado de la Caetera
de Hacienda y Comercio.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.