Tipo de Norma: Ley
Número: 14454
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14454DECRETO-LEY 14454
Transferencias de partidos ea el Pliego de Trabajo y Asuntos Indígenas, hasta por 8/. 44,554,00
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO.
POR CUANTO:
La Junta de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley.
LA JUNTA DE GOBIERNO.
CONSIDERANDO:
Que han resultado insuficientes las sumas asignadas a Las Partidas Nos. 23, “Para el pago de consumo de energ a eléctrica del Ministerio y sus dependencias; servicio de teléfono y cables; útiles de aseo, limpieza y demás gastos de oficina no considerados en otras partidas” y N° 25, “Para arrendamientos de locales”, del Capítulo II; y N 46, “Para imprevistos”, del Capitulo IV, del Pliego de Trabajo y Asuntos Indígenas, del Presupuesto General de la República de 1962, en Liquidación;
Que en cambio las Partidas N 9 y 20 del Capítulo I, y N0 33, 36 y 3Y del Capítulo m, del mismo Pliego y Presupuesto disponen de saldos de libre aplicación que no van a ser utilizados ;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17b de la Ley Orgánica de Presupuesto 4598;
De acuerdo con lo informado por la Contralorea General de la República y la Dirección General del Presupuesto; y,
En uso de las facultades de que está investida:
HA DADO EL DECRETO-LEY SIGUIENTE:
ARTICULO UNICO:— Autorízase al Ministerio de Hacienda y Comercio para efectuar las siguientes transferencias de partidas en el Pliego de Trabajo y Asuntos Indígenas, del Presupuesto General de la República de 1962, en Liquidación, hasta por la suma de CUARENTICUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENIICUATRO SOLES ORO (S/o. 44,554.00):
De
la
Partida
N*.
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Cap.
I.
A
la
Partida
N*.
23
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H.
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Partida
N*
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II.
De
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III.
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36
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De
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Partida
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37
III.
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la
Partida
N*.
46
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IV,
TOTAL.
S/o. 15,970.00
S/o. 12,350.00 „ 3,620.00
„ 3,291.00
„ 18.00 „ 16,200.00 ,, 9,075.00
„ 28,584.00
S/o. 44,554.00 S/o. 44,554.00
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de abril de mil novecientos sesentitrés.
General de División NICOLAS LINDLEY LOPEZ, Presidente de la Junta de Gobierno y Ministro de Guerra.
Vice - Almirante JUAN FRANCISCO TORRES MATOS, Presidente de la Junta de Gobierno y Ministro át Marina.
Teniente General PEDRO VARGAS PRADA PEIRANO, Presidente de la Junta de Gobierno y Ministro de Aeronáutica.
General de Brigada AUGUSTO VALDEZ OVIEDO, Ministro de Hacienda y Comercio.
Viee - Almirante LUIS EDGARDO LLOSA G. P., Ministro de Relaciones Exteriores.
General de Brigada GERMAN PAGADOR BLONDET, Ministro de Gobierno y Policía.
Vice-Almirante FRANKLIN PEA
SE OLIVERA, Ministro de Educación Pública.
General de Brigada MAXIMO VE RASTEGUI 1ZURIETA, Ministro de Fomento y Obras Públicas.
General de División JUAN ORRE-
GO AGUINAGA, Ministro de Justicia y Culto.
Mayor General JOSE GAGLIAR-DI SCHIAFETNO, Ministro de Trabajo y Asuntos Indígenas.
General de Brigada VICTOR SOLANO CASTRO, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social-Mayor General ALFONSO TERAN BRAMBILLA, Ministro de Agricultura.
POR TANTO:
Mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Lima, 4 de abril de 1963.
NICOLAS LINDLEY LOPEZ. JUAN FRANCISCO TORRES MATOS
PEDRO VARGAS PRADA
PEIRANO
Augusto Valdez Oviedo.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.