Tipo de Norma: Ley
Número: 14443
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14443DECRETO-LEY N* 14443
Declarando de urgente necesidad la ejecución de las obras del Intercep tor de Desagües “Surco”, el que re solverá el problema de saneamiento y eliminación de los desagües de h zona Sur de Lima Metropolitana.
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO.
POR CUANTO:
La Junta de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley:
LA JUNTA DE GOBIERNO.
En uso de las facultades de que está investida
HA DADO EL DECRETO-LEY SIGUIENTE:
ARTICULO Io—Declárase de urgente necesidad la ejecución de las obras del Interceptor de Desagües “Surco”, el que resolverá el problema de saneamiento y eliminación de los desagües de la zona Sur de Lima Metropolitana.
ARTICULO 29—Apruébase el proyecto de las obras correspondientes, elaborado por el Ministerio de Fomento y Obras Públicas, al que se le encarga para que, por intermedio de la Dirección del Ramo, proceda a licitar la ejecución con financiación de las mismas. Se fija en dieciocho meses el plazo máximo para la terminación de los trabajos y en cuarentiocho meses el plazo mínimo para cancelar al Contratista el costo de Ja obra, incluyendo el monto de los intereses por la suma que financie.
ARTICULO 3—El costo total de la obra incluyendo la financiación, será establecido de acuerdo con los resultados de la licitación que se convoque y será cubierto por los propietarios de terrenos que se encuentran dentro del área drenada por el Interceptor que a la fecha son rústicos o están en proceso de urbanización o que estando ya urbanizados no hayan pagado los derechos correspondientes establecidos por la Resolución Suprema número noventicinco de fecha tres de Setiembre de mil novecientos cincuenticuatro. El pago se hará de conformidad al padrón que oportunamente apruebe el Ministerio de Fomento y Obras Públicas, estando obligados los propietarios a hacerlo efectivo en el momento que conecten sus servicios al Interceptor.
ARTICULO 4*—Para atender las obligaciones que se deriven de la financiación en la forma que se señala en el Articulo Segundo se destinarán los recursos que a continuación se indican:
a)—Los siguientes montos de Partidas del Pliego de Fomento y Obras Públicas, del Presupuesto General de la República en el presente año:
I)—Las sumas de S/. 4*303,355.06 y S/. 3*048,092.61, consignadas en el Programa I de la Dirección de Fomento y Obras Publicas para la financiación del Interceptor “Surco”.
II)—Las sumas de S/. 1*500,000,00 y S/. 652,299.09, consignadas en el Programa IV de la Dirección de Irrigación para
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.