Tipo de Norma: Ley
Número: 14415
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14415DECRETO-LEY N< 14415
Abriendo un Crédito Suplementario por S/. 99’819,385.56, a fin de habilitar partidas del Pliego de Gobierno
y Policía.
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO.
POR CUANTO:
La Junta de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley:
LA JUNTA DE GOBIERNO. CONSIDERANDO:
Que el aumento correspondiente al personal subalterno de las Fuerzas Auxiliares de Policía no fue incorporado al aprobarse el Presupuesto del Gobierno Central para 1963, por no haber estado terminados los cálculos de detalle referentes a dicho aumento, indispensables para la conformación del programa respectivo, de acuerdo con la nueva técnica presupuestaria en vigencia;
Que en atención a ello se dejó también sin considerar en el Título de Ingresos del Presupuesto del Gobierno Central, dentro de fuentes de financiamiento del Tesoro Público, en las partidas Nos. 44 y 52, cantidad igual a la que ascendía el total
del aumento del personal subalterno de las Fuerzas Auxiliares de Policía;
Que, habiéndose aprobado el detalle de dicho aumento por Decreto Supremo N< 4-DAP, de 23 de enero último, procede la dación del crédito suplementario correspondiente; en armonía con lo establecido por la Ley Orgánica de Presupuesto Funcional. N9 14260;
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.