Ley Nº 14398

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 14398

DECRETO-LEY N9 14398

Efectuando transferencias de partidas en el Pliego de] Poder Judicial, basto por la suma de S/o. 121,920.00

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO POR CUANTO:

La Junta de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 179 de la Ley Orgánica de Presupuesto N9 4598;

De acuerdo con lo informado por la Contraloría General de la República y la Dirección General del Presupuesto; y

En uso de las facultades de que está investida;

LA JUNTA DE GOBIERNO CONSIDERANDO:

Que ha resultado insuficiente la suma

asignada a la Partida N9 67, Capítulo II, del Pliego del Poder Judicial, del Presupuesto General de la República de 1962, en Liquidación, destinada a la adquisición de máquinas de escribir, calcular, mobiliario, enseres y dotación general;

Que en cambio las Partidas Nos. 8, 46 y 49 del Capítulo I, del mismo Plie-

HA DADO EL DECRETO-LEY SIGUIENTE:

ARTICULO UNICO.— Autorízase al Ministerio de Hacienda y Comercio para efectuar las siguientes transferencias de partidas en el Pliago del Poder Judicial, del Presupuesto General de la República de 1962, en Liquidación, hasta por la suma de CIENTO VEINTIUN MIL NOVECIENTOS VEINTE SOLES

go y Presupuesto, disponen de saldos de

ORO

(S/. 121,920.00):

libre aplicación que no

van a ser

utili-

zados;

De la Partida N9

8, Cap.

s/.

73,320.00

yy yy yy yy

46, „

I, • • •

yy

30,000.00

yy yy yy yy

49, „

yy

18,600.00

A la Partida N9

67, Cap.

II, . . .

s/.

121,920.00

TOTALES: ..

s/.

121,920.00

s/.

121,920.00

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de enero de mil novecientos sesentitres.

General de División, RICARDO PEREZ GODO Y, Presidente de la Junta de Gobierno.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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