Tipo de Norma: Ley
Número: 14201
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14201DECRETO-LEY N< 14201
Abriendo en el Tesoro Público una Cuenta Transitoria que se denominara “PROCESO ELECTORAL 1963”,
hasta por la suma de SI/ o. 20’000,000.00
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO.
POR CUANTO:
La Junta de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley:
LA JUNTA DE GOBIERNO.
CONSIDERANDO:
Que por Decreto-Ley de 18 de Julio se ha convocado a Elecciones Generales para la constitución de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, las que deben realizarse el 9 de Junio de 1963;
Que para tal fin es indispensable la formación de un nuevo Registro
Electoral;
Que la preparación del proceso electoral que debe iniciarse tan luego se promulguen las leyes que han de integrar el Estatuto Electoral, y se constituyan los Organismos del Poder Electoral demanda, también, gastos a fin de adquirir el material y elementos necesarios para el desarrollo de dicho proceso;
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.