Ley Nº 1419

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Tipo de Norma: Ley

Número: 1419


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 01419

Res. Lcg. A.° 1419

Exonerando del pago de derechos de aduana una glorieta para la ciudad

de Iquitos

Lima, 30 de setiembre de 1911, Excmo. señor:

El Congreso ha resuelto exonerar del pago de derechos de aduana una glorieta de fierro importada por el Concejo Provincial de Bajo Amazonas para colocarla en la plaza principal de la ciudad de Iquitos.

Lo comunicamos á Y. E. para su co-nocimiento y demás fines.—Dios guarde á Y. E.—Agustín Tovar, Presidente del Senado. —Roberto E. Leguía, Diputado Presidente.— Miguel Echenique, Senador Secretario.—Julio Abel Ra.yga.da, Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República.

Lima, 2 de octubre de 1911,

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, pu-blíquese y archívese.—Rúbrica de S. E.— Castillo.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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