Ley Nº 14050

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Número: 14050


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 14050

LEY N9 14050

Exonerando del pago del impuesto creado por Ley N° 10804, a las transferencias de inmuebles por causa de necesidad y utilidad públicas,

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.— Exonérase del pago del impuesto creado por la Ley N9 10804, de fecha l9 de marzo de 1947, a las transferencias de inmuebles por causa de necesidad y utihdad públicas, sean en vía de expropiación o de compra-venta directa.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los seis días del mes de Febrero de mil novecientos sesentidos.

ENRIQUE MARTINELLI TIZON, Presidente del Senado.

ARMANDO DE LA FLOR VALLE, Presidente de la Cámara de Diputados.

CESAREO VIDALON, Senador Secretario .

CARLOTA RAMOS DE SANTOLA YA, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de Marzo de mil novecientos sesentidos.

MANUEL PRADO.

ALEX ZARAK RISI.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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