Tipo de Norma: Ley
Número: 14048
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14048LEY N9 14048
Creando el Distrito de Santiago de An-chucaya, en la Provincia de Huarochirí.
EL PRESIDENTE DE LA REPU-CA.
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLL BLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO l9— Créase en la Provincia de Huarochirí del Departamento de
Lima, el Distrito de Santiago de Anchucaya, cuya Capital será el pueblo de Santiago de Anchucaya.
ARTICULO 29— El Distrito de Santiago de Anchucaya tendrá como anexos los centros poblados de San Pedro de Huancaire, San Juan de Tantaranche y Carhuapampa de Pariac y como imites los mismos que tienen el pueblo y a-nexos que lo forman.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los seis días del mes de Febrero de mil novecientos sesentidos.
ENRIQUE MARTINELLI TIZON, Presidente del Senado.
ARMANDO DE LA FLOR VALLE, Presidente de la Cámara de Diputados.
CESAREO VID ALON, Senador Secretario.
CARLOTA RAMOS DE SANTOLA-YA, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de Marzo de mil novecientos sesentidos.
MANUEL PRADO.
RICARDO ELIAS APARICIO.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.