Ley Nº 14021

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 14021

LEY N* 14021

Adjudicando en propiedad a la Sociedad Beneficencia Pública de Moliendo, el terreno de 45,202.50 m2. perteneciente

al patrimonio del Estado.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA .

ENRIQUE MARTINELLI TIZON,

Presidente del Senado.

ARMANDO DE LA FLOR VALLE, Presidente de la Cámara de Diputados.'

CESAREO VIDALON, Senador Secretario .

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO V— Adjudícase en propiedad a te Sociedad de Beneficencia Pública de Moliendo, el terreno de cuaren-ticinco mil doscientos dos metros cuadrados y cincuenta decímetros cuadrados (45,202.50 m2), perteneciente el patrimonio del Estado, al que se refieren las Resoluciones Supremas de 10 de Diciembre de 194Í, y la N 151 — D.E.

4 •

N., de 3 de Noviembre de 1959.

ARTICULO 2— La Sociedad de Be-neficiencia Pública de Moliendo, destinará dicho terreno a la construcción de viviendas de tipo modesto.

ARTICULO 39— La Dirección de Bienes Nacionales, de1 Ministerio de Hacienda y Comercio, otorgará la escritura de adjudicación de te propiedad.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa de Congreso, en Lima, a los quince días del mes de Enero de mil novecientos sesentidos.

ALEJANDRO NIÑO DjE GUZMAN, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de ía República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciseis días del mes de Febrero del mil novecientos sesentidos.

MANUEL PRADO.

ALEX ZARAK RISI.

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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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