Ley Nº 13974

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 13974

L|EY N9 13974

Creando un Colegio Nacional de Educación Secundaria para Mujeres, en la ciudad de Pampas, capital de la Provincia de Tayacaja, Departamento de Huanca-

velica.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO.

El Congreso ha dado la ley siguiente.

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO l9 — Créase un Colegio Nacional de Educación Secundaria para Mujeres, en la ciudad de Pampas, capital de la Provincia de Tayacaja, del Departamento de Huancavelica, el que funcionará hasta el tercer año, correspondiente al primer ciclo secundario.

ARTICULO 29 — Consígnese en el Presupuesto General de la República la partida correspondiente para su funcionamiento .

ARTICULO 39— El Ministerio de E-ucaeión Pública queda encargado del cumplimiento de la presente ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo pa-

%

ra su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los tres días del' mes de Enero de mil "novecientos sesentidos.

ENRIQUE MARTINELLI TIZON, Presidente del Senado.

ARMANDO DE LA FLOR VALLE, Presidente de la Cámara de Diputados.

CESAREO VID ALON, Senador Secretario.

CARLOTA RAMOS DE SANTOLA-YA, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de Febrero de mil novecientos sesentidos.

MANUEL PRADO.

DARIO ACEVEDO.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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